De enero a junio de 2025, con el objetivo de garantizar la inocuidad de los productos cárnicos, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA), ha emitido nueve licencias sanitarias de funcionamiento de rastros, cinco de aves, dos de cerdos y dos bovinos.
El Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones (VISAR), por medio del Dirección de Inocuidad y el Departamento de Productos Cárnicos y Mataderos, emite dichas licencias con las cuales se autoriza a los rastros (mataderos) para que puedan operar, pues ya cumplen con las normas sanitarias que garantizan la inocuidad de los productos cárnicos.
Estos permisos son necesarios para cualquier establecimiento que produzca, transforme o distribuya alimentos cárnicos, pues certifican que un establecimiento cumple con los requisitos técnicos y sanitarios establecidos por el MAGA para operar como un rastro.
La licencia sanitaria verifica que el rastro cumple con las normas de higiene y manipulación de alimentos, lo que ayuda a prevenir la contaminación y asegurar la calidad de la carne que se consume.
Además, permite al MAGA supervisar y controlar el proceso de sacrificio y procesamiento de la carne, desde la recepción del animal hasta el producto final, asegurando que se cumplan los estándares sanitarios, porque el pueblo digno es primero.