Guatemala, 27 de noviembre de 2025. El Gobierno de Guatemala, por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores (MINEX), en virtud de los sucesos recientes, aclara que la designación del señor Raúl Rocha Cantú como Cónsul Honorario de Guatemala en la ciudad de Toluca de Lerdo, México, con circunscripción en el municipio de Huixquilucan de Degollado, fue propuesta en la administración anterior a través de la Embajada de Guatemala acreditada en ese país, y aprobada con el Acuerdo Gubernativo No. 335 de fecha 16 de diciembre de 2021.
No obstante, como parte de las evaluaciones que la Cancillería efectúa de manera periódica a los Cónsules Honorarios, se recibió un informe por parte de la Embajada de Guatemala en México indicando que la dirección del Consulado Honorario habría cambiado sin notificación ni autorización previa. Considerando que el Sr. Rocha Cantú únicamente estaba autorizado para fungir como Cónsul Honorario en Toluca y ya existe una representación consular de carrera en la Ciudad de México, el MINEX informa que se tomó la decisión de derogar desde octubre pasado su nombramiento, ya que se constató un incumplimiento a nuestras normas. Esta destitución se agilizó debido a los sucesos recientes, por lo que se actuó de manera inmediata. También es importante recalcar que el Gobierno de Guatemala es respetuoso de los asuntos internos de otros Estados.
Al respecto, cabe mencionar que los Cónsules Honorarios no son diplomáticos, por lo que no cuentan con inmunidad diplomática. En el caso de Guatemala, son personas de distintos ámbitos profesionales que asisten con trámites básicos de atención a connacionales y actividades de promoción comercial y cultural, en nombre del país, en ciudades del mundo donde no hay representación consular de Guatemala. Esta labor, como su cargo lo indica, la llevan a cabo de manera ad honorem, de forma voluntaria y sin percibir salario.
El Gobierno de la República, por medio del MINEX, refrenda su compromiso con la transparencia y la probidad; y continuará realizando las acciones administrativas y legales que correspondan para garantizar el estricto cumplimiento de las normativas que rigen el servicio consular y el servicio consular honorario.
