Por Sandra Vi
El Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin) concluyó la socialización de la iniciativa de una nueva ley de contrataciones públicas. La jornada estuvo dirigida a representantes de la sociedad civil y diversas instituciones estatales.
De acuerdo con Carlos Melgar, viceministro de Transparencia Fiscal y Adquisiciones del Estado, “esta iniciativa responde a la necesidad de contratar bienes, suministros, obras y servicios para garantizar el bien común, mediante un marco normativo actualizado, transparente y eficiente”.
Por su parte, Xiomara Morales, directora general de Contrataciones del Estado, explicó que la propuesta busca “la eficiencia en los procesos de contrataciones públicas, definiendo parámetros que optimicen la gestión del gasto público, asegurando la transparencia e integridad en las contrataciones”.
Para ello, se incorporaron herramientas acordes con esta era digital, a través de la innovación electrónica, que permitan a la ciudadanía dar seguimiento a todas las etapas del proceso de contratación pública, convirtiéndose en observadores y fiscalizadores del uso de los recursos públicos, combatiendo eficazmente la corrupción y el mal uso del gasto, agregó.
Innovaciones de la nueva ley
Morales señaló que las innovaciones contenidas en la iniciativa de ley promueven buenas prácticas internacionales, beneficiando tanto a los proveedores como a las instituciones públicas. Estas medidas facilitan los procesos de compra, haciéndolos más eficaces y eficientes, mediante la desburocratización, unificación y optimización de los procedimientos de contratación.
Además, la propuesta brindará oportunidades a los proveedores, eliminando barreras que durante años han limitado su participación en las contrataciones del Estado, colocando en condiciones de igualdad tanto a los proveedores como a las instituciones públicas, con oportunidades equitativas para todas las partes involucradas.
Las autoridades del Minfin destacaron que la nueva ley de contrataciones públicas representa un cambio sustancial respecto a la legislación vigente, al introducir modificaciones significativas en los métodos de contratación y al adoptar buenas prácticas internacionales.
Este nuevo marco normativo busca maximizar la eficiencia y la transparencia en la gestión de los recursos públicos, mediante la implementación de estándares internacionales y principios rectores. En consecuencia, al tratarse de una nueva ley, se deroga el actual Decreto Número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado.
Cambios sustanciales
- Se crea el Sistema Nacional de Contrataciones Públicas.
- Se introducen principios rectores de las contrataciones públicas.
- Se crean e institucionalizan la Dirección General de Contrataciones Públicas, el Registro General de Proveedores del Estado, la Dirección de Formación y Desarrollo Profesional en Contrataciones Públicas y el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, como órganos especializados del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas, con funciones de rectoría y competencia específica.
- Se establecen las figuras de “Autoridad superior”, “Autoridad administrativa” y “Autoridad de la Unidad Ejecutora”, como responsables de la toma de decisiones dentro de los procesos de contratación pública, cuyas actuaciones se desarrollarán de manera integral conforme a lo establecido en la ley y su reglamento.
- Se crean las figuras de la “Comisión de evaluación” o del “Delegado de Evaluación de Requisitos Documentales”, quienes, según el método y objeto de contratación, serán responsables de evaluar las ofertas y recomendar su adjudicación a la autoridad competente.
- Se establece el uso de formularios electrónicos estandarizados.
- Se establece un procedimiento de contratación pública estandarizado para las contrataciones competitivas. Asimismo, se identifican las etapas que conforman los procesos de contratación pública en “preparatoria”, “precontractual”, “contractual” y “de ejecución”.
- Se incorpora la innovación mediante la adopción de buenas prácticas internacionales, permitiendo la participación ciudadana y de proveedores a través de mecanismos como: vista pública (quejas e inconformidades), diálogo competitivo, ofertas alternativas, ofertas en consorcio y ofertas parciales.
- Se implementa el método competitivo de “convenio marco” que facilitará la contratación de bienes, suministros y servicios estandarizados de uso frecuente a través de catálogos electrónicos en la tienda virtual.
- Se habilita el recurso de apelación, el cual será resuelto por el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, reduciendo los tiempos de resolución de conflictos derivados de las decisiones de las autoridades y proporcionando mayor certeza jurídica, al ser resueltos por un órgano especializado independiente.
- Se incluyen nuevos métodos de contratación pública, tales como: “Contrato llave en mano”, “Negociaciones de Estado a Estado”, “Contratación de suscripciones, licencias y membresías digitales” entre otros.
- Se actualiza la regulación del contrato público, incluyendo aspectos como: forma, subcontratación, perfeccionamiento, conformación, plazo, prórroga, suspensión, modificación, variación, terminación, nulidad, interpretación y disposiciones aplicables
- Se establece la recepción de obras y recepción de bienes, suministros o servicios.
- Se otorga relevancia a la profesionalización de las personas que participen en los procesos de contratación pública, mediante programas de capacitación, tecnificación y profesionalización a cargo de la Dirección de Formación y Desarrollo Profesional en Contrataciones Públicas, así como la certificación de los servidores públicos por parte de la Dirección General de Contrataciones Públicas. Entre otros aspectos contenidos en la propuesta de nueva ley de contrataciones públicas.