La Ley General de Telecomunicaciones creó en 1996, el Registro de Telecomunicaciones que es administrado por la Superintendencia de Telecomunicaciones -SIT-. Su función es registrar a todos los titulares de usufructos de frecuencias de los radioaficionados y usuarios de bandas de reserva del Estado.
Dichos títulos deben ser renovados y para ello, cada título debe cumplir lo siguiente:
- Tener el derecho en regla
- No tener endosos pendientes
- Haber pagado los cargos administrativos del trámite de renovación
- Haber utilizado las frecuencias durante el período que vence
- Los títulos de usufructo deben estar en buen estado y legibles
Los titulares deben presentar la solicitud de renovación dentro del período que define la Ley General de Telecomunicaciones, que es de los 200 y 120 días previos al vencimiento de cada título o licencia.
El plazo de cada título según la ley, es de 20 años, el cual podrá prorrogarse a solicitud del titular por períodos iguales.
La SIT resguarda en archivos físicos, toda la documentación de respaldo de los títulos de usufructo de frecuencias tanto reservadas, como reguladas. La información contenida en el registro es de carácter público y de acceso libre.
Las personas particulares o usufructuarias de frecuencias, puedan consultar sobre los registros o dudas, en la página www.sit.gob.gt o directamente al Registro de Telecomunicaciones de la SIT.
La SIT y el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -CIV-, trabajan bajo el pilar de Economía, Competitividad y Prosperidad, del Plan de Innovación y Desarrollo del Presidente Alejandro Giammateii.
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