El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) publicó el Acuerdo Ministerial 1603-2020, para la restricción del transporte de carga pesada en todo el territorio nacional, los días 24 de diciembre desde las 12 horas hasta el 25 de diciembre a la medianoche, así como el 31 de diciembre desde las 12 horas, hasta el 1 de enero del 2021 a la medianoche.
El acuerdo señala que el transporte de carga podrá circular únicamente así:
a. Del kilómetro 290 carretera CA-09-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla sobre la CA-09-N
b. Del kilómetro 80 carretera CA-09-SUR-A a las instalaciones de Puerto Quetzal, al kilómetro 104 carretera CA-09-SUR-09 y al kilómetro 114 carretera CA-09-SUR
El acuerdo incluye una excepción y es para el transporte de carga de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos, que no necesitan permisos especiales para circular. Quien infrinja esta disposición será sancionado de conformidad con las leyes vigentes.