Guatemala, 15 de julio de 2021.El trabajo a tiempo parcial representa una oportunidad de ampliar las posibilidades de generar nuevas oportunidades de empleo formal para los guatemaltecos donde puedan gozar de seguridad social, entre otros beneficios laborales.
Derivado de la sentencia emitida por la Corte de Constitucionalidad de Guatemala, de fecha 15 de julio de 2021, en la que revoca la suspensión provisional de los apartados normativos del Acuerdo Gubernativo 89-2019, Reglamento del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT-, sobre el Trabajo a Tiempo Parcial, todos los empleadores que deseen contratar nuevos trabajadores, deberán registrar sus contratos de trabajo a tiempo parcial en la plataforma de Registro Electrónico de Contratos Individuales de Trabajo (RECIT), disponible de forma gratuita en la sección de servicios electrónicos, en el sitio web de esta cartera www.mintrabajo.gob.gt, para lo cual esta se está trabajando en la adecuación de la plataforma.
El Ministerio de Trabajo y Previsión Social como ente rector de la materia y encargado de promover y verificar el cumplimiento de la legislación laboral vigente, continuará fortaleciendo y brindando su total respaldo a la Inspección General de Trabajo, para implementar mecanismos de verificación del efectivo cumplimiento de la Constitución Política de la República, el Convenio 175 de la OIT, el Acuerdo Gubernativo 89-2019 y las demás normas laborales aplicables, y de esta forma evitar que ocurran situaciones de precarización del empleo.