Guatemala, 1 de abril de 2020. El Ministerio de Economía, por medio del Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro Empresa, Pequeña y Mediana Empresa, por resolución del 27 de marzo, puso a disposición de las entidades de servicios financieros Q200 millones en recursos de Asistencia Crediticia del Fideicomiso “Fondo de Desarrollo de la Microempresa, Pequeña y Mediana Empresa”, para ser utilizado por empresarios de ese sector a partir de este viernes 1 de abril de 2020.
El Viceministro de Desarrollo de la Mipyme, Ernesto Morales, explicó que los recursos serán canalizados a los beneficiarios por Instituciones de Micro Finanzas (IMF) y por cooperativas de ahorro y crédito en las cuales los interesados podrán hacer sus solicitudes de crédito.
Morales agregó que como parte del esfuerzo que el Ministerio de Economía hace por reactivar las empresas del sector Mipyme afectadas por la situación que atravieza el país, se emitieron las siguientes disposiciones.
1. Se pone a disposición de las entidades de servicios financieros refursos del Fondo de Asistencia Crediticia del Fideicomiso “Fondo de Desarrollo de la Microempresa, Pequeña y Mediana Empresa” por un monto de Q200 millones, a una tasa que no deberán superar el 10 por ciento anual sobre saldos.
2. Se rebaja la tasa de interés que el Fideicomiso “Fondo de Desarrollo de la Microempresa, Pequeña y Mediana Empresa” cobra a las entidades de servicios financieros durante un período de seis meses, contados a partir del 1 de abril y hasta el 30 de septiembre de 2020, con el objetivo de beneficiar directamente a los emprendedores y empresarios del sector Mipyme.
3.Se pone a disposición de las entidades de servicios financieros cupos de garantía provenientes del Fondo de Garantías del Fideicomiso para respaldar créditos no mayores de Q60 mil otorgados a la microempresa, con una cobertura de garantía hasta del 50% del total del crédito, de conformidad con el Reglamento correspondiente.
4. A los créditos nuevos que la entidad de servicios financieros otorgue a emprendedores y empresarios de Mipymes durante el período comprendido del 1 de abril al 30 de septiembre de este año, deberá de rebajar los puntos porcentuales que fueron autorizados rebajar en la tasa de interés que se otorga a las entidades de microfinanzas.
5. Autorizar a las entidades de servicios financieros que hasta el 31 de marzo de este año cuenten con préstamos provenientes del Fideicomiso, la posibilidad de reestructrar, hasta por un plazo de seis meses, créditos que ya se hayan concedidos a los deudores que resulten directa o indirectamente afectados por el COVID-19.
La ausencia del pago del capital e intereses por los créditos por parte de las entidades de servicios financieros al Fideicomiso “Fondo de Desarrollo de la Microempresa, Pequeña y Mediana Empresa” y de emprendedores y empresarios propietarios e las Mipymes hacia entidades de servicios financieros durante el periodo en el cual se está realizando la reestructuración de los créditos no generará mora, ni recargas adicionales; asimismo, no afectrá el récord crediticio de la entidad de servicios financieros ni del emprendedor o empresario.
La resolución aprobada por el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro Empresa, Pequeña y Mediana Empresa fue denominada: “DISPOSICIONES TEMPORALES DE CRÉDITO PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA EN LA ACTIVIDAD PRODUCTIVA DESARROLLADA POR LOS EMPRENDEDORES Y EMPRESARIOS PROPIETARIOS DE MICROEMPRESAS, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS AFECTADOS DIRECTA O INDIRECTAMENTE POR LAS MEDIDAS DE EMERGENCIA SANITARIA ADOPTADAS POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA PARA DETENER EL AVANCE DEL COVID-19 (CORONAVIRUS)”.
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