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Guatemala, 20 agosto de 2020. El Ministerio de Relaciones Exteriores celebra su aniversario número 174 este 22 de agosto, fecha también instituida mediante el Acuerdo Gubernativo 655-90 de la Presidencia de la República como Día del Empleado del Ministerio de Relaciones Exteriores.
De acuerdo con dicho Acuerdo, reformado por el 5-2016, “Se declara día inhábil para los efectos del cómputo de los plazos que deben observarse en este Ministerio, el día que se goce el permiso laboral, conforme el presente acuerdo”.
Historia
La historia del Ministerio de Relaciones Exteriores se remonta al inicio de vida independiente, en 1821, y fundación de la República Federal de Centroamérica en 1824.
Es uno de los ministerios más antiguos en la organización del Estado de Guatemala. En 1823 ya funcionaba con la denominación de Sección de Relaciones Exteriores, siendo su primer jefe Francisco Barrundia.
El 22 de agosto de 1846 inicia sus labores como Secretaría de Relaciones Exteriores, órgano responsable de conducir y ejecutar la política exterior del país, de acuerdo con los lineamientos que dicta el Presidente de la República.
Es en esta fecha cuando se emite la Ley 21, que dice literalmente: “Artículo 1º. Se establece a más de dos Secretarías hoy existentes, otra que se denominará de Negocios Exteriores. Artículo 2º. De acuerdo, los tres secretarios formarán un reglamento en que se especifiquen los negocios que a cada uno corresponden, y los casos en que deben reunirse los mismos secretarios para formar consejo, y lo presentarán al gobierno para su aprobación”.
Conservó el nombre de Secretaría de Relaciones Exteriores al fundarse la República de Guatemala, el 21 de marzo de 1847, bajo la Presidencia de Rafael Carrera.
Siendo ya Guatemala una República soberana e independiente, José Milla, también conocido como Pepe Milla, fue el primer secretario de Relaciones Exteriores y ejerció el cargo entre los años 1847 y 1851.
La denominación de Secretaría, que se había tomado del ejemplo del gobierno español –el cual creó la figura de Secretario de Estado desde 1714-, se mantuvo incluso después de la Revolución del 20 de octubre de 1944. Esto, no obstante que en España la denominación de Ministerio se había adoptado, en sustitución del de Secretaría, desde 1841.
En Guatemala, la Constitución vigente hasta el 28 de noviembre de 1944 y derogada por el Decreto Número 18 de la Junta Revolucionaria de Gobierno, en el título IV Poder Ejecutivo establecía en su artículo 71 que: “El presidente de la República tendrá para el despacho de los negocios el número de Secretarios que la ley determina”.
El 26 de diciembre, la Junta Revolucionaria de Gobierno emite el Decreto Número 46 para el mejor desempeño de los negocios de la administración pública, organizando el Poder Ejecutivo a través de “Secretarías de Estado” y el 27 de diciembre, un día después, emite la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo contenida en el Decreto No. 47. En dicho Decreto se establecía las diferentes 24 Secretarías, incluyendo la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Fue hasta el 25 de abril de 1945 cuando el Congreso de la República emite el Decreto Número 93 que crea la Ley del Organismo Ejecutivo; mediante este decreto se establece que el Organismo Ejecutivo para el despacho de sus negocios se organiza por medio de Ministerios. Entre los nueve ministerios que se crean a través de dicho decreto se encuentra el Ministerio de Relaciones Exteriores.
El 5 de julio de 1990 se emite el Acuerdo Gubernativo 655-90 de la Presidencia de la República que reconoce el 22 de agosto de cada año como día del empleado del Ministerio de Relaciones Exteriores. En los considerandos del Acuerdo Gubernativo se expone la importancia de que el guatemalteco conozca las raíces históricas de las instituciones de gobierno, así como que el servidor público logre una mayor identificación hacia el órgano para el cual presta sus servicios.
Funciones
De acuerdo con la Ley del Organismo Ejecutivo (Decreto 114-97) y su propio Reglamento Orgánico Interno (Acuerdo Gubernativo 415-2003), el Ministerio de Relaciones Exteriores es la dependencia de la administración ejecutiva del Estado al que le corresponde, bajo la dirección del Presidente de la República, la formulación de las políticas y la aplicación del régimen jurídico relativo a las relaciones del Estado de Guatemala con otros Estados y personas o instituciones jurídicas de derecho internacional, la representación diplomática del Estado, la nacionalidad guatemalteca, la demarcación del territorio nacional, los tratados y convenios internacionales, y los asuntos diplomáticos y consulares.
Cuando fuere necesario actuará en coordinación y apoyo de otros ministerios, entidades del Estado y del sector no gubernamental. También realiza otras actividades relacionadas con el desarrollo político, social, cultural y con el proceso de globalización económica y política.
Información recolectada con ayuda de la Sección de Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores (22 de Agosto de 2020)