Guatemala, 27 de abril de 2020. El Ministerio de Economía (MINECO) firmó esta mañana junto con el Ministerio de Trabajo y Asistencia Social (MINTRAB), el Acuerdo Ministerial que permitirá la puesta en marcha del Fondo de Protección al Empleado, lo que beneficiará a aproximadamente 300 mil trabajadores formales de la iniciativa privada.
Los beneficiarios serán aquellos trabajadores cuyos contratos de trabajo hayan sido objeto de suspensión autorizada debido a la crisis provocada por la pandemia del COVID-19, según estipula el Decreto 13-2020 aprobado por el Congreso de la República el 3 de abril último y que prevé entregar durante el resto del ejercicio fiscal 2020 y de acuerdo a los recursos financieros disponibles, un monto fijo por día de suspensión de Q75 para un total aproximado por mes de Q2 mil 250, lo que significará un monto general de Q2 mil millones.
El Ministro de Economía, Antonio Malouf, indicó que los recursos serán entregados a partir de la primera semana de mayo, pero antes se debe firmar un convenio con El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala (CHN), lo que permitirá brindar el apoyo económico antes referido hasta por tres meses, o bien, hasta que alcancen los recursos disponibles.
Por aparte, el Ministro de Trabajo y Asistencia Social, Rafael Lobos, comentó que “la coordinación interinstitucional es fundamental para poder apoyar de manera más ágil a los trabajadores que se han visto afectados durante la pandemia”.
De acuerdo con el artículo cuarto del Acuerdo Gubernativo 58-2020, reglamento del Fondo de Protección al Empleado, que cobró vigencia el 18 de abril último, el MINECO, en coordinación con MINTRAB, será la institución encargada de autorizar al CHN para que haga efectivo el beneficio a los trabajadores cesados.
Como primer paso, el empleador o representante legal de la empresa interesada ingresará en la página web del MINTRAB (www.mintrabajo.gob.gt) en donde deberá hacer “click” en la pestaña “SUSPENSIÓN DE CONTRATO”. A continuación debe ir al apartado “Solicitud de suspensión de contratos de trabajo”.
El paso siguiente será llenar la información que se requiere en el formulario denominado “solicitud de suspensión de contrato de trabajo” y cargar los documentos allí solicitados que son necesarios para poder autorizar la suspensión de los contratos y continuar con el trámite de pago del beneficio. Luego de ingresar los datos, se graba la solicitud.
Al tener la información, el MINTRAB procederá a la verificación de la papelería y si todo está correcto, emitirá la resolución correspondiente, que será trasladada al MINECO, quien a su vez verificará que la empresa en cuestión este comprendida dentro del sector económico autorizado por el Presidente Giammattei.
Con los datos verificados, se procede hacer el cálculo del beneficio, se elabora la nómina respectiva y se le envía al CHN para su posterior pago.
Una vez recibida la nómina de pago, el CHN procederá a realizar el pago depositando a la cuenta del beneficiario en cualquier banco del sistema o enviando un mensaje de texto al celular del empleado con un número de transferencia, la que será pagada en cualquiera de sus agencias.
Luego de haber hecho lo anterior y dentro de los 10 días de la siguiente quincena del mes, el empleador deberá ingresar nuevamente a la página web del MINTRAB, pero ahora deberá escoger el formulario de actualización y llenar nuevamente la información de los empleados ya autorizados para hacer efectivo el siguiente pago.
Como apoyo al empresario, el MINECO abrió un call center para ampliar información y/o resolver dudas relacionadas a la implementación del Fondo de Protección al Empleado a través del número 2390 6565.
